Anteproyecto de Ley
No. ___ de de 2013)
Que modifica el
artículo 3 de la Ley 17 de 2003, sobre el subsidio al Festival de la
Mejorana
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. El artículo 3 de la Ley 17 de 2003 queda así:
Imagen obtenida de Internet. |
Artículo 3. El Estado, a través
del Instituto Nacional de Cultura, destinará anualmente para la celebración del
Festival de la Mejorana, la suma de cincuenta mil balboas (B/.50.000.00), en el primer semestre de cada
año, en adición a lo que para tal efecto destine el Instituto Panameño de
Turismo. Estas partidas 110 podrán ser transferidas para otra actividad que no sea la señalada en este
artículo.
Artículo 2. Esta Ley modifica el artículo 3 de la Ley 17 de
22 de enero de 2002.
Artículo 3. La presente Ley comenzará a regir el día
siguiente el de su promulgación.
COMUNÍQUESE y
CÚMPLASE
Presentado a la
consideración de la Asamblea Nacional, hoy 3 de julio de 2013, por el
H.D. Carios Afú Decerega
Diputado de la República
Circuito 7-1
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